Re: Hilo de política
561Pero a mí me puede interesar mucho una causa pero no la forma de defenderla.
Moderadores: lamaladelanovela, Candy Girl, Tach
Ella está a favor, en lo que no está de acuerdo es con que se usen las víctimas para politizar el tema.XXXXX escribió: 21 Mar 2018, 11:19 Pues a Ruth Ortiz deberia ser a la que mas le interese la PPR, ella sabra. El resto de padres con hijos asesinados si la apoya.
A ver XXXXX, que te estás liando. Lo que sería lógico es que quien vaya a la cárcel sea el dueño del tinglado, que es el que se lucra y se hace de oro y le importan los pequeños comerciantes y las grandes marcas tres pepinos. Lo que pasa ahora es que el que va a la cárcel (o no, pero la pena sí conlleva cárcel) sea el mantero, que ni ha hecho las camisetas, ni las ha importado, ni se lleva al bolsillo lo que valen. La multa tampoco es que me parezca una solución cojonuda porque poco dinero les sobra como para andar pagando multas, pero desde luego pena de cárcel a mí sí me parece exagerada.XXXXX escribió: 21 Mar 2018, 11:15Esto a quien afecta es al pequeño comerciante que si paga impuestos y muchos y sobrevive igual que los manteros, si se endurecio la ley fue por algo.Bisweet escribió: 19 Mar 2018, 20:51Nuevamente los titulares tendenciosos, si lees el titular piensas coño, que estos piden que vender este tipo de productos sea despenalizado y hale, barra libre y ninguna consecuencia, y no, lo que se pide no es eso, se pide que se multe, sí, que se hagan sanciones y multas administrativas si el importe es inferior a 400 euros, pero que no conlleve penas de cárcel como tiene ahora, y eso es lo que piden, pero bueno, como media población sólo lee los titulares, algo queda...XXXXX escribió: 19 Mar 2018, 19:46
Podemos plantea despenalizar la venta de productos falsos por debajo de 400 euros tras el caso de Lavapiés
La autopsia revela que el fallecido en Lavapiés tenía una enfermedad congénita en el corazón
https://amp.elmundo.es/espana/2018/03/1 ... ssion=true
No podemos defender que los españoles con pequeños comercios paguen impuestos altisimos y tengan que sobrevivir y los manteros no los paguen y encima les beneficiemos mas, que todo contribuye al efecto llamada y yo creo que ya estamos en el tope.
No nos puede preocupar mas la supervivencia del de fuera que la de los de dentro. Por lo menos ponedla al mismo nivel.
Te vuelvo a insistir, no se está pidiendo despenalizar nada como da a entender el titular y mucho menos que se les beneficie como estás diciendo tú aquí, que parece que a veces tú misma te quedas con los titulares que pones y no te molestas ni en leerlos.XXXXX escribió: 21 Mar 2018, 11:15Esto a quien afecta es al pequeño comerciante que si paga impuestos y muchos y sobrevive igual que los manteros, si se endurecio la ley fue por algo.Bisweet escribió: 19 Mar 2018, 20:51Nuevamente los titulares tendenciosos, si lees el titular piensas coño, que estos piden que vender este tipo de productos sea despenalizado y hale, barra libre y ninguna consecuencia, y no, lo que se pide no es eso, se pide que se multe, sí, que se hagan sanciones y multas administrativas si el importe es inferior a 400 euros, pero que no conlleve penas de cárcel como tiene ahora, y eso es lo que piden, pero bueno, como media población sólo lee los titulares, algo queda...XXXXX escribió: 19 Mar 2018, 19:46
Podemos plantea despenalizar la venta de productos falsos por debajo de 400 euros tras el caso de Lavapiés
La autopsia revela que el fallecido en Lavapiés tenía una enfermedad congénita en el corazón
https://amp.elmundo.es/espana/2018/03/1 ... ssion=true
No podemos defender que los españoles con pequeños comercios paguen impuestos altisimos y tengan que sobrevivir y los manteros no los paguen y encima les beneficiemos mas, que todo contribuye al efecto llamada y yo creo que ya estamos en el tope.
No nos puede preocupar mas la supervivencia del de fuera que la de los de dentro. Por lo menos ponedla al mismo nivel.
Claro que los manteros no van a la cárcel, sería un despropósito, pero la ley dice claramente, si no me equivoco por lo leído en el artículo, que la venta ambulante conlleva penas de cárcel, es que es un sinsentido tan grande, que ni los jueces imponen esas penas por pura coherencia, coherencia que no tiene la ley, pero estando en la ley, pues como todo, se está expuesto a que un día un juez abra la veda, y podría ser la risión absoluta.Nidea escribió: 21 Mar 2018, 16:09 Los manteros no van a la cárcel, y vender por debajo de 400 € es falta, no delito, desde hace mucho tiempo. No me acuerdo exactamente, pero creo que desde hace unos 5 años aprox.
A quienes se persigue penalmente en la práctica es a los capos de las mafias, por delitos contra la propiedad intelectual, pero tb por blanqueo y ojo, por financiar el terrorismo. Que vais a decir que estoy borracha, y no, yo de eso a estas horas no suelo. Una de las principales fuentes de ingresos del terrorismo islamista es la fabricación y venta de falsificaciones.
A los manteros no los quiere en la cárcel nadie, si los jueces se ven obligados a condenarles, les ponen una multa de 30 € y a casa.
Y por que quereis que les den la nacionalidad? Hay 1.000 millones de africanos. Cuantos quereis que entren en España y les demos la nacionalidad? 100 millones o los 1.000? Cual es vuestro tope? Llevo años preguntandolo y nadie me contesta. Juncker en España quiere meter 12.000.000 de inmigrantes africanos, que os parece?Denim escribió: 21 Mar 2018, 16:11 Sí, pero el problema es que si tienen antecedentes no es fácil que les den la nacionalidad.
XXXXX escribió: 21 Mar 2018, 16:36 Pues ya lo ha explicado Nidea.
Y por que quereis que les den la nacionalidad? Hay 1.000 millones de africanos. Cuantos quereis que entren en España y les demos la nacionalidad? 100 millones o los 1.000? Cual es vuestro tope? Llevo años preguntandolo y nadie me contesta. Juncker en España quiere meter 12.000.000 de inmigrantes africanos, que os parece?Denim escribió: 21 Mar 2018, 16:11 Sí, pero el problema es que si tienen antecedentes no es fácil que les den la nacionalidad.
Lo he buscadoNidea escribió: 21 Mar 2018, 16:35 Se les condena con multa o con trabajos en beneficio de la comunidad @Bisweet porque lo permite el Código Penal actual, que es lo que aplican los jueces, no por pura coherencia ni por sus opiniones personales. Vamos, que lo que hacen los jueces no es ninguna heroicidad, aplican la norma vigente.
Mirad, pongo el artículo entero:
"3. La venta ambulante u ocasional de los productos a que se refieren los apartados anteriores será castigada con la pena de prisión de seis meses a dos años.
No obstante, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico obtenido o que se hubiera podido obtener, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo 276, el Juez podrá imponer la pena de multa de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días."
¿En este caso aplica o no? Porque el valor de los objetos es alto, que son chaneles y luiputones. Vamos, según eso ¿puede dormir un mantero en Soto del Real sí o no?El artículo 276 del Código Penal, según nueva redacción por LO 1/2015 prevé una serie de agravantes específicas de las conductas básicas. Son las siguientes:
• Especial trascendencia económica del beneficio obtenido o que se hubiera podido obtener. La nueva redacción supone la eliminación del requisito de la obtención de un importante beneficio, bastando con que la conducta fuera apta para haberlo logrado.
• Especial gravedad de los hechos atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente, distribuidos, comercializados u ofrecidos o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
• Pertenencia del autor a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual.
• Utilización de menores de 18 años para cometer estos delitos.
Penalidad. La pena en estos supuestos agravados es de prisión de dos a seis años y multa de dieciocho a treinta y seis e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años, por tanto, sensiblemente superior a la contemplada para estos mismos supuestos antes de la reforma del Código Penal del año 2015.
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 9 invitados