Re: caso Altsasu
361La sentencia me parece muy sensata. Ni terrorismo ni simple pelea de borrachos.
Moderadores: lamaladelanovela, Candy Girl, Tach
Terpsícore escribió: 01 Jun 2018, 18:31 La sentencia me parece muy sensata. Ni terrorismo ni simple pelea de borrachos.
Tienes que tener en cuenta que no hubo una víctima, sino tres.marjane escribió: 02 Jun 2018, 01:36 ¿13 años?
Pero si los de la manada fueron condenados a 9, y el asesino confeso de Nagore Laffage a 12
Serán tres, pero es que a Nagore la asesinaron (ya sé que en la sentencia ponía homicidio, pero ella misma sabía que la iba a matar, lo dice en la llamada a emergencias).Baralar escribió: 02 Jun 2018, 13:06Tienes que tener en cuenta que no hubo una víctima, sino tres.marjane escribió: 02 Jun 2018, 01:36 ¿13 años?
Pero si los de la manada fueron condenados a 9, y el asesino confeso de Nagore Laffage a 12
Es como si hubiera 3 Nagore o 3 X en el caso de la manada.
Por ejemplo una condena de 13 años: ( Oihan)
- 3 años por atentado a la autoridad.
- 3*3 años por delito de lesiones con agravantes.
- 1 año por desórdenes públicos.
Existen varios agravantes: superioridad, discriminacion,... que hacen que las penas sean llevadas a su nivel superior.
O sea por el delito de lesiones en si son “solo” tres años.
CASTIGO EJEMPLARIZANTE PARA ACALLAR DISIDENTES
02/06/2018
Este tiempo de mudanza gubernamental ha coincidido con hechos que muestran la verdadera naturaleza del régimen, que no sabe de alternancias. Así, ayer se hicieron públicas las sentencias de la Audiencia Nacional de la trifulca de Altsasu y la de los detenidos tras la manifestación en Iruñea de hace un año. Especialmente en el caso de los jóvenes de Altsasu, el veredicto impone penas altísimas que no se corresponden ni con lo ocurrido ni con las consecuencias que tuvo aquella riña nocturna. Un castigo excepcional y arbitrario, un enorme escándalo que despierta sentimientos de rabia e impotencia, pero también de solidaridad con los condenados, sus familias y en general con el pueblo de Altsasu.
En ninguno de los dos casos se ha condenado a los procesados por «terrorismo», hecho que fue recibido con alivio pero que hace aún más desproporcionadas las penas. Ayer sin ir más lejos se hacía pública otra sentencia de un juzgado de Iruñea en la que por una bronca nocturna similar se condenaba a los acusados a penas que van de los 4 a los 30 meses. La diferencia la marca la Audiencia Nacional. Posiblemente otra clave del fallo de Altsasu la diera la Asociación Unificada de la Guardia Civil cuando valoró positivamente la sentencia y consideró que puede servir para que remita la hostilidad contra la Guardia Civil. Se equivocan, en este país a la Guardia Civil se le quiere menos aún que al PP. Pero dejan claro que se trata de un veredicto que busca aleccionar. Un aviso a navegantes que amenaza a todo aquel que defienda que la desmilitarización es imprescindible para avanzar hacia la paz y la convivencia en una sociedad democrática. Con su valoración, la AUGC vino a corroborar lo que los jóvenes y sus familias ha denunciado en repetidas ocasiones: se trata de un montaje urdido por los aparatos del Estado con fines ejemplarizantes.
Ayer, el Congreso envió a casa a Rajoy, pero el régimen, a todas luces, permanece intacto. Y algunas de esas tramas y aparatos han tenido históricamente un trato privilegiado con el PSOE. Conviene recordarlo y recordárselo.
En este caso fue una decisión del Supremo, unos mimos hechos pueden calificarse jurídicamente de distintas formas (homicido/asesinato; agresión/abuso etc..) depende de las penas en algunos casos, de la condición de aforados en otros o de la calificación jurídica de los delitos (en este) conocerá un órgano un otro, por ejemplo penas de prisión no superiores a 5 años conocen los juzgados de lo penal, en los demás casos las audiencias provinciales salvo por ejemplo que haya aforados que se va al Supremo o a los Superiores de Justicia o en casos como este por ejemplo que se va a la AN porque tiene competencias especiales para determinados delitos como los de terrorismo, las partes en los escritos de calificación provisional en los que ejercen la acusación piden las condenas por determinados delitos y en funcion de eso se va a un órgano u otro, si hay discordancia entre las acusaciones y no hay acuerdo inicial entre lo órganos judiciales sobre cuál tiene la competencia pueden plantear un conflicto de competencia al superior jerárquico común, que en este caso es el supremo, que resuelve determinando a quien le corresponde juzgar, en este caso el supremo se guió para determinarlo por la calificación del Ministerio Fiscal de delitos de terrorismo y por eso lo mando a la ANmarjane escribió: 02 Jun 2018, 14:45 O el tema de que, una vez han decidido que no es terrorismo, ¿porque es la AN la que juzga?
Estoy echándole un ojo a la sentencia para ver las lesiones graves de las novias pero no lo encuentro ¿sabes más o menos donde están? es que en lo que yo he leído comentaban que en el caso de las novias se basaban en moratones y en la ayuda psicológica para calificarlo como lesiones.Sunday escribió: 02 Jun 2018, 16:30 En la sentencia se recoge que precisaron tratamiento medico, indica exactamente hasta los dias de recuperación.
Necesitas ser miembro para publicar una respuesta.
¿No eres un miembro? regístrate para unirte a nuestra comunidad
Los miembros pueden iniciar sus propios temas y suscribirse a los temas
Es gratis y solo toma un minuto
Usuarios navegando por este Foro: Amazon [Bot] y 16 invitados