Cierto. Mi abuela se quedó viuda con 47 y seguía trabajando, porqué no le llegaba para mucho. Y ahora con la suya y la de mi abuelo difunto creo que no llega ni a 900€.Sunday escribió: 26 Feb 2018, 12:12De momento no creo que haya ningún despilfarro. La mayoría de las viudas de este país son mujeres mayores que tienen como único ingreso la pensión de viudedad que suele ser bastante rácana._Lluneta_ escribió: 26 Feb 2018, 11:28Todo influye, pero vamos, tampoco tendrán la culpa las mujeres estas de que el país esté en crisis.LaRamona escribió: 26 Feb 2018, 11:23 Pero dejaremos de cobrar unas y otras por el despilfarro que se está haciendo con temas como el que comentáis de la viudedad.
Re: Pensión de viudedad
62Y si se ha deshecho el matrimonio con 60 años o con 65?¿? Esa señora que ha estado en casa cuidando de el y su casa. Y deciden divorciarse porque a el le ha dado un piripitaje que?? también se ve mal??. Si normalmente las pensiones de viudedad suelen ser una mierda pincha en un palo...
Re: Pensión de viudedad
63ESo! Creeis que si te deja tu marido a los 65 por irse con una jovena...ya no tienes derecho a pensión?
Re: Pensión de viudedad
64+1Tach escribió: 21 Feb 2018, 22:46Yo con la primera frase no estoy conforme. Vivimos en una sociedad en la que nos hemos dotado de unas reglas, entre ellas, que para poder tener una pensión de viudedad, has de ser viudo (y eso pasa por haber formalizado un matrimonio). Se dió un paso más allá y se decidió también incluir a quienes no querían esa formalización, pero sí otro tipo de relación y se incorporó el supuesto de ser pareja de hecho. Pero, si alguien quiere ir fuera del sistema, para todo. Nadie te obliga a casarte/hacerte pareja de hecho, pero entonces no tendrás los beneficios que eso suponeSys escribió: 21 Feb 2018, 22:38 Pues más injusto me parece que si no estás casado no tengas derecho aún con hijos...
Yo es que pienso lo que debe ser quedarse sin pareja y ya es bastante malo como para encima andar con penurias, imaginad un coche por pagar, universidad de los hijos, alguna deuda, si no tienes piso en propiedad y es alquiler, etc... las pensiones de orfandad son de risa.
Igual en parejas sin hijos yo lo revisaría pero con hijos me parece perfecto
por supuesto que eso no afecta, ni creo que deba haceerlo jamás, a los derechos de los hijos
La pension de viuded me parce bien, por eso también se cotiza
Re: Pensión de viudedad
65Tienes razón, he leído por encima. Te pido disculpas.LaRamona escribió: 26 Feb 2018, 12:12Creo que no has leído nada de lo anterior. No tengo nada en contra de las pensiones de viudedad, faltaría más. Estoy en contra de pagar la pensión de viudedad a gente que ya había deshecho el matrimonio antes de morir una de las dos partes, que es muy diferente.Hierbabuena escribió: 26 Feb 2018, 12:08Hombre, 40 años cotizando, creo que tu pareja tiene derecho a la pensión de viudedad. Recortemos las de los diputados que con 8 años de cotización ya tienen derecho a ella.LaRamona escribió: 26 Feb 2018, 11:23 Pero dejaremos de cobrar unas y otras por el despilfarro que se está haciendo con temas como el que comentáis de la viudedad.
Y si no hay dinero no es por el pago de las pensiones y sí porque se ha descapitalizado el dinero que han cotizado millones de españoles durante mucho tiempo.
Os habéis puesto a pensar que mucha de la gente que se muere se muere antes de jubilarse? Es que su pareja no tiene derecho a cobrar su pensión? Es vergonzosa la pensión de orfandad. Pero a mi me parece bien que el cónyuge cobre. Y además, si por su sueldo llega al tope de la pensión, no cobra nada.
Es muy difícil que después de divorciada te paguen la pensión de viudedad, antes sí, pero desde hace años ya no.
Re: Pensión de viudedad
66yo creo que la pensión de viudedad no es un despilfarro... bueno, depende de los casos, como todo tipo de pensiones y ayudas, que hay gente que le echa mucho morro...
os pongo mi ejemplo personal, mi padre falleció hace dos años, con 53 años y más de 30 años cotizados ( trabajando desde los 16, sin parar)
mi madre era limpiadora, y tenía una pensión de 400 euros...
si mi madre no hubiera tenido derecho a la pensión de viudedad, en primer lugar, mi padre se tiró más de 30 años cotizando para dejar a su mujer y a su hija con una mano delante y otra detrás? porque está claro que el que fallezca no va a cobrar la pensión de jubilación.
y en un matrimonio normal se entiende que tienen cargas en base a los ingresos de los dos ( entendiendo esto las cargas normales, no los que se empeñan hasta las cejas) si uno de los dos fallece, el otro se queda sin nada.
eso si, creo que para la pensión de viudedad el fallecido ha tenido que cotizar, aportar al Estado, sino es cuando se producen los abusos.
edito para decir, que como estáis comentando no me parece bien las parejas que se separan y ella cobra la pensión, si te separas, te separas, para lo bueno y lo malo
os pongo mi ejemplo personal, mi padre falleció hace dos años, con 53 años y más de 30 años cotizados ( trabajando desde los 16, sin parar)
mi madre era limpiadora, y tenía una pensión de 400 euros...
si mi madre no hubiera tenido derecho a la pensión de viudedad, en primer lugar, mi padre se tiró más de 30 años cotizando para dejar a su mujer y a su hija con una mano delante y otra detrás? porque está claro que el que fallezca no va a cobrar la pensión de jubilación.
y en un matrimonio normal se entiende que tienen cargas en base a los ingresos de los dos ( entendiendo esto las cargas normales, no los que se empeñan hasta las cejas) si uno de los dos fallece, el otro se queda sin nada.
eso si, creo que para la pensión de viudedad el fallecido ha tenido que cotizar, aportar al Estado, sino es cuando se producen los abusos.
edito para decir, que como estáis comentando no me parece bien las parejas que se separan y ella cobra la pensión, si te separas, te separas, para lo bueno y lo malo
Re: Pensión de viudedad
67Respecto a viudedad y ex:
la Disposición Transitoria 18 LGSS (aplicable a separaciones y divorcios anteriores al 1 de enero de 2008), no exige pensión compensatoria, para acceder a la pensión de viudedad en los siguientes casos:
1.-Cuando entre la fecha del divorcio o de la separación judicial y la fecha del fallecimiento del causante, hubiera transcurrido un período de tiempo no superior a diez años, siempre que el vínculo matrimonial hubiera durado al menos diez años y además hubiera hijos comunes o el beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
2.-A partir de 1-1-2013, también tendrán derecho a la pensión las personas divorciadas o separadas judicialmente antes del 1-1-2008, que no fueran acreedoras de la pensión compensatoria, aunque no reúnan los demás requisitos exigidos (que entre la fecha del divorcio o separación y el fallecimiento de causante no hayan transcurrido más de 10 años; que el matrimonio haya durado al menos 10 años, que tuvieran hijos comunes) siempre que tengan 65 años o más, que no tengan derecho a otra pensión pública y que la duración del matrimonio haya sido de al menos 15 años;
3.-También tendrán derecho, de acuerdo al artículo 174.2 LGSS, a pensión de viudedad a las mujeres que, aún no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio, mediante ciertos medios de prueba.
la Disposición Transitoria 18 LGSS (aplicable a separaciones y divorcios anteriores al 1 de enero de 2008), no exige pensión compensatoria, para acceder a la pensión de viudedad en los siguientes casos:
1.-Cuando entre la fecha del divorcio o de la separación judicial y la fecha del fallecimiento del causante, hubiera transcurrido un período de tiempo no superior a diez años, siempre que el vínculo matrimonial hubiera durado al menos diez años y además hubiera hijos comunes o el beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
2.-A partir de 1-1-2013, también tendrán derecho a la pensión las personas divorciadas o separadas judicialmente antes del 1-1-2008, que no fueran acreedoras de la pensión compensatoria, aunque no reúnan los demás requisitos exigidos (que entre la fecha del divorcio o separación y el fallecimiento de causante no hayan transcurrido más de 10 años; que el matrimonio haya durado al menos 10 años, que tuvieran hijos comunes) siempre que tengan 65 años o más, que no tengan derecho a otra pensión pública y que la duración del matrimonio haya sido de al menos 15 años;
3.-También tendrán derecho, de acuerdo al artículo 174.2 LGSS, a pensión de viudedad a las mujeres que, aún no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio, mediante ciertos medios de prueba.
Re: Pensión de viudedad
68Perdón, creo que no me he explicado bien. Las pensiones no contributivas (que son una mierda, por cierto) son totalmente incompatibles con la pensión de viudedad.choco escribió: 26 Feb 2018, 11:23No, eso no es así, si no llegas a la cuantía máxima puedes cobrar las dos.ali_123 escribió: 26 Feb 2018, 11:09 Lo de los ex lo cambiaron hace ya tiempo.
ANtes cobraba la pensión de viudedad la mujer y las ex, y hace ya unos 10 años cambiaron eso, y ya las ex no cobran la viudedad (ojo! que las que se casaron hace trococientos años creo que sí conservan ese derecho).
Otra cosa que cambiaron con la reforma, fue que cuando te quedabas viuda/o cobrabas tu pensión y la de tu marido. Eso ya no existe. Ahora cuando te jubilas, tienes que elegir una de las dos pensiones, o cobras tu pensión o la de tu marido, pero no cobras las dos.
Las pensiones contributivas sí son compatibles con la viudedad siempre que no superen un máximo las dos juntas.
Re: Pensión de viudedad
70Hierbabuena escribió: 26 Feb 2018, 12:24Tienes razón, he leído por encima. Te pido disculpas.LaRamona escribió: 26 Feb 2018, 12:12Creo que no has leído nada de lo anterior. No tengo nada en contra de las pensiones de viudedad, faltaría más. Estoy en contra de pagar la pensión de viudedad a gente que ya había deshecho el matrimonio antes de morir una de las dos partes, que es muy diferente.Hierbabuena escribió: 26 Feb 2018, 12:08Hombre, 40 años cotizando, creo que tu pareja tiene derecho a la pensión de viudedad. Recortemos las de los diputados que con 8 años de cotización ya tienen derecho a ella.LaRamona escribió: 26 Feb 2018, 11:23 Pero dejaremos de cobrar unas y otras por el despilfarro que se está haciendo con temas como el que comentáis de la viudedad.
Y si no hay dinero no es por el pago de las pensiones y sí porque se ha descapitalizado el dinero que han cotizado millones de españoles durante mucho tiempo.
Os habéis puesto a pensar que mucha de la gente que se muere se muere antes de jubilarse? Es que su pareja no tiene derecho a cobrar su pensión? Es vergonzosa la pensión de orfandad. Pero a mi me parece bien que el cónyuge cobre. Y además, si por su sueldo llega al tope de la pensión, no cobra nada.
Es muy difícil que después de divorciada te paguen la pensión de viudedad, antes sí, pero desde hace años ya no.
Nada, nos pasa a todos.
Vámonos a cazar fantasmas, Bill.
Re: Pensión de viudedad
71Esto tampoco me parece tan injusto. Juntar dos pensiones si la de la persona viuda es bajita, o elegir la de mayor cuantía superado un tope.ali_123 escribió: 26 Feb 2018, 13:46choco escribió: 26 Feb 2018, 11:23No, eso no es así, si no llegas a la cuantía máxima puedes cobrar las dos.ali_123 escribió: 26 Feb 2018, 11:09 Lo de los ex lo cambiaron hace ya tiempo.
ANtes cobraba la pensión de viudedad la mujer y las ex, y hace ya unos 10 años cambiaron eso, y ya las ex no cobran la viudedad (ojo! que las que se casaron hace trococientos años creo que sí conservan ese derecho).
Otra cosa que cambiaron con la reforma, fue que cuando te quedabas viuda/o cobrabas tu pensión y la de tu marido. Eso ya no existe. Ahora cuando te jubilas, tienes que elegir una de las dos pensiones, o cobras tu pensión o la de tu marido, pero no cobras las dos.
Perdón, creo que no me he explicado bien. Las pensiones no contributivas (que son una mierda, por cierto) son totalmente incompatibles con la pensión de viudedad.
Las pensiones contributivas sí son compatibles con la viudedad siempre que no superen un máximo las dos juntas.
Vámonos a cazar fantasmas, Bill.
Re: Pensión de viudedad
72No.Mañica escribió: 21 Feb 2018, 22:19 Pero creo que para cobrarla han tenido que cotizar por ti. Vamos, que el que fallece ha pagado a la seguridad social por la pareja. Creo eh.
Re: Pensión de viudedad
73A mí me are e bien. Se tira y se roba mucho dinero y como siempre la atención de las cosas recae en esto, pensiones, ayudas...
Re: Pensión de viudedad
74Creo q no es asi; ahi tenemos la vida de patraix que no llevaba ni un año casada y su paguita tienechoco escribió: 21 Feb 2018, 22:31 Ahora sí no tienes hijos tienes que llevar un año casada para cobrarla, lo pusieron hace unos 6 años
Re: Pensión de viudedad
75Si, pero es temporal. Ni eso lo hizo bien
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htmQue el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento. No se exigirá dicha duración del vínculo matrimonial, cuando en la fecha de celebración del mismo se acreditara un periodo de convivencia con el causante como pareja de hecho que, sumado al de duración del matrimonio, hubiera superado los dos años.
Cuando el cónyuge no acredite uno de estos requisitos, podrá acceder a una prestación temporal de viudedad, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos.
Re: Pensión de viudedad
76Si gana el caso su paga tiene y si nunca hubiese sido descubierta su paga hubiese tenido d por vida
Re: Pensión de viudedad
77Lo he editado y puesto en la página anterior, a lo mejor si llevaba dos años de convivencia podría tenerla, si no será temporal. Que me imagino que si se prueba que lo mató se la quitarán.
Re: Pensión de viudedad
78Si se prueba que la mato desde luego que se la quitaran; solo faltaba; bastante tiempo la ha dusfrutado