No. En el ITP pones como base el mayor valor: precio de compra o valor de referencia catastral (que no es el valor catastral, ojo, porque esto es nuevo de un año a esta parte).
Generalmente, se pone el precio de compra porque se suele comprar por encima del valor de referencia catastral.
El valor catastral de los inmuebles se actualiza, en su caso, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, y sirve de base imponible al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Es un dato protegido, por lo que no se publica, y su revisión se produce, en el caso de inmuebles urbanos, en el marco de procedimientos de valoración colectiva.
El valor de referencia de los inmuebles se determina año a año, de forma simultánea en todos los municipios, y servirá para la determinación de la base imponible a los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y sobre Sucesiones y Donaciones. No está protegido, y se publica de forma permanente en la Sede Electrónica del Catastro.
¿Dónde y cómo puedo conocer el valor de referencia de mi inmueble a una determinada fecha?
Los valores de referencia de los inmuebles están disponibles en la Sede Electrónica del Catastro (
www.sedecatastro.gob.es) desde el 1 de enero de 2022, de acuerdo a lo previsto en la disposición final tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
En dicha Sede, los titulares catastrales también pueden conocer los elementos que se han aplicado en la determinación individualizada del valor de referencia de sus inmuebles.
Así mismo, los valores de referencia son facilitados a través de la Línea Directa del Catastro (teléfonos de atención telefónica 91 387 45 50 y 902 37 36 35) y en las Gerencias del Catastro, a las que se puede acudir previa petición de cita en los señalados teléfonos. Para ello, el ciudadano deberá identificarse, por medio de los datos de su Documento Nacional de Identidad.
Aquí lo explican
http://www.catastro.minhap.gob.es/esp/faqs.asp
Aún así, lo dicho, es bastante probable que el precio de venta sea mayor, y ése es el que tienes que tomar de base para el ITP. También para notaría y registro.