Ladygodiva escribió: 11 Ene 2023, 00:17
Oneka escribió: 10 Ene 2023, 23:24
Ladygodiva escribió: 10 Ene 2023, 19:56
Al final lo han puesto como permiso retribuido.
Permiso para cuidado de convivientes o familiares – 5 días al año
Ahora será posible solicitar un permiso retribuido de 5 días al año para cuidar a convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad.
Se podrá utilizar en casos de accidente o enfermedades graves, hospitalización o intervenciones sin hospitalización que necesiten reposo.
Este permiso será diferente al comentado en uno de los puntos anteriores sobre “permiso por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar”.
Permiso por ausencia por fuerza mayor familiar – 4 días al año
En caso de ausencia por fuerza mayor familiar, ahora se podrá pedir un permiso de 4 días al año si se tiene la necesidad. Este permiso también se podrá disfrutar por horas hasta llegar a los cuatro días al año.
¿Y esto ya está aprobado?
Yo creo que cogeré una excedencia, aunque sean 2-3 meses. También me "guardé" las vacaciones de 2022 y tengo las de 2023.
En principio si, lo que no sé es cómo habrá que justificarlo. La verdad que está bien.
No está aprobado no, han votado el anteproyecto. Ahora tienen que sacarla durante el año pero no hay fecha.
_Sil_ supongo que debe ser que te puedes coger 8 semanas todos los años hasta que tengan 8 (o es lo que estará planteado pq hay que ver como lo ponen), pero vamos me gustaría saber cuanta gente tiene trabajos en los que sea factible desaparecer 3 meses al año (vacaciones + 8 semanas).