No hay por donde cogerla
LEY PARA LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA DE LAS PERSONAS TRANS
Las principales organizaciones internacionales, incluyendo la Organización de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y la Unión Europea, se han posicionado sobre esta cuestión, adoptando normas y recomendaciones que inciden en la necesidad de que sus Estados miembros aprueben mecanismos para hacer frente a las discriminaciones por razón de identidad de género
Todo el mundo se ha puesto de acuerdo en considerar identidad libremente escogida y/o innata a la opresión de la mujer. Pos muy bien.
el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 proclama el derecho a la vida privada en virtud del cual nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias.
El derecho a la vida privada y dignidad ahora solo lo tienen los hombres. Mujer es un disfraz, un sentimiento, y
las mujeres seres sangrantes no tenemos derecho a baños, vestuarios, probadores, refugios, etc sólo para mujeres.
La no discriminación de las personas trans ha sido objeto de interés jurídico en el derecho internacional, destacando la redacción en el año 2006 de los
Principios de Yogyakarta (YP, por sus siglas en inglés), sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación s*xual y la identidad de género, presentados ante las Naciones Unidas en 2007 por la Comisión Internacional de Juristas y el Servicio Internacional para los Derechos Humanos. En el principio tercero de dicho documento se indica que la orientación s*xual o la identidad de género que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, su dignidad y su libertad, instando a los Estados a que adopten todas las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para respetar plenamente y reconocer legalmente el derecho de cada persona a la identidad de género que ella defina para sí.
Además, en noviembre del año 2017, dichos principios fueron revisados y ampliados (YP+10)
Así, este Tribunal ha afirmado que «el derecho a la identidad de género es una manifestación del derecho a la vida privada reconocido en el artículo 8 CEDH», que además comprende el derecho al cambio de sexo y de nombre en los registros públicos y documentos de identidad, que los Estados deben reconocer para no incurrir en viola***n de aquel precepto.
Vuelvo a poner esto
la Comisión Europea(...) recomienda a los Estados miembros la adopción de procedimientos de reconocimiento legal del género basados en la autodeterminación y
sin restricciones de edad.
perduran situaciones de discriminación estructural hacia las personas trans, que se manifiestan con toda su crudeza en ámbitos como el sanitario, el educativo o el laboral.
Tienen un 13% de paro, . Las que tienen un
81% son las mujeres que han sufrido violencia machista pero esto da igual.
(el 39 % han sido discriminadas por el personal sanitario o de los servicios sociales)
El PSOE nos cuenta que tienen que ir al ginecólogo
Noemi de la Calle. Moción sobre libertad, igualdad efectiva y no discriminación de LGTBI+. Los poseedores de pene deben ir al ginecólogo.
Freddy McConnell Hay que hablarle en masculino a una embarazada.
Y esto claro:
el 15 % de las personas trans encuestadas han sufrido ataques físicos o s***ales en los últimos años debido a su identidad o expresión de género.
Por comparar la epidemia de violencia trans con la cotidianidad de las violencias normales y aceptables
https://www.publico.es/sociedad/mitad-m ... hista.html
Numerosos estudios han puesto de manifiesto que una de las principales causas de la discriminación que sufren las personas trans tiene su origen en la discordancia entre su sexo y nombre y los datos que figuran en su documentación oficial. De ahí la necesidad de establecer mecanismos ágiles para proceder al cambio de sexo y nombre registral, desde un enfoque despatologizador.
A ver, a Alex madre de 4 hijes la gente dejará de discriminarle todo lo que le discrimina ahora cuando figure el sexo erroneo e el DNI. Y al que se ha operado y es visiblemente trans ya nadie le llamará travelo ni mar&kong tampoco. Es un derecho ahora para algunos que en su DNI aparezcan datos falsos.
En efecto, la relación entre el Estado y las personas trans viene tradicionalmente marcada por exigencias que parten de una conceptualización patologizante de las realidades trans y que conminan a transformaciones corporales, tratamientos hormonales, adecuación de ademanes de género, test médicos, largos periodos de espera, costosos procedimientos judiciales e inciertos trámites administrativos, que victimizan a las personas trans. Estas exigencias han devenido en requisitos legales que funcionan como mecanismo de ordenación de la ciudadanía, convirtiéndose en normas jurídicas que siguen sustentando situaciones de segregación y exclusión.
Estas situaciones que buscaron los que se transexualizaban. Estas situaciones que hoy siguen forzando a menores sobre todo. Estas operaciones que todos siguen exigiendo que cubra la seguridad social y no rechazan para quien las quiera.
Aquí de lo que se trata, como ya he leído, es de librar al personal sanitario de denuncias como las de Reino Unido por diagnosticar disforia a alguien que luego detransiciona. Es una lavada de manos.
En el ámbito de Naciones Unidas, el Experto Independiente sobre orientación s*xual e identidad de género se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre la necesidad de eliminar todos los trámites y exigencias legales que impliquen tratar a las personas trans como enfermas. En el mismo sentido, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en la ya mencionada Resolución 2048 (2015) insta a los Estados parte a desarrollar procedimientos rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación, para cambiar el nombre y el sexo registrado de las personas transgénero en los certificados de nacimiento, tarjetas de identidad, pasaportes, certificados educativos y otros documentos similares. Asimismo, recomienda eliminar la obligatoriedad de los tratamientos médicos o diagnósticos de salud mental como requisitos legales necesarios para reconocer la identidad de género de una persona.
El sexo real no va a aparecer en ningún lado. Ahora los hombres paren y son madres o los padres paridores.
Por su parte, en nuestro país, el Tribunal Supremo ha fundado en el libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 10.1 de la Constitución una línea jurisprudencial en la que, dando prevalencia en la determinación del género a los factores psicosociales, dejó de exigir la operación quirúrgica de reasignación s*xual para admitir la rectificación de las menciones de sexo y nombre en el registro civil.
Si las operaciones de cambio de sexo ya eran un timo para quien se sometía a ellas insultante para todas las mujeres, que llamen cambio de sexo a cambiarse el nombre me parece el colmo. La gente que se opera debería quedarse con cara de g*lipo**as ante esto pero ahí está Mar Cambrollé de la mano de Irene Montero y Carla Antonelli censurando a las mujeres y aplaudiendo todo esto.
Prevalece el aceptar la existencia el cerebro de sumiso inutil, quiero decir de mujer. O el hecho de que tiene disforia que no es ningún trastorno patologizante a tener en cuenta a veces y otras como esta, sí. O cerebro trans. De cualquier manera sólo se tiene en cuenta la voluntad del individuo.
en 2015 se modificó la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor para introducir la preservación de la identidad s*xual de la persona menor de edad como criterio para interpretar y aplicar el llamado interés superior del niño, niña o adolescente y el libre desarrollo de su personalidad conforme a su orientación ebidentidad s*xual como principio rector de la actuación de los poderes públicos en relación con los menores.
“ha de protegerse la intimidad y dignidad de la persona transexual, y evitar que se vea sometida a situaciones humillantes, de modo que cuando tenga que identificarse en ámbitos como el escolar, el laboral, en sus relaciones con las autoridades públicas, etc, no quede de manifiesto su condición de persona transexual, permitiendo que sea la persona transexual quien decida sobre el conocimiento que los demás puedan tener de esa circunstancia, minimizando de este modo que pueda ser víctima de reacciones hostiles en su entorno”.
Sacrificar a las niñas, los espacios femeninos, las becas, listas paritarias, que una persona de sexo masculino tenga derecho a no decirle a otra que se considera hetero lo que es en realidad, o si por algún casual tiene passing, no decirselo a una lesbiana.
Si no lo dicen, la gente no se entera de que lo son.
Además la persona trans es siempre víctima nunca agresor.
Además, la norma no permite a las personas menores de edad solicitar la rectificación de la mención registral del sexo. En este sentido, el Tribunal Constitucional, en su sentencia STC 99/2019, de 18 de julio, ha declarado inconstitucional el artículo 1.1 de la citada ley, en la medida que incluye en el ámbito subjetivo de la prohibición a las personas menores de edad con "suficiente madurez" y que se encuentren en una "situación estable de transexualidad".
sólo el 15% de menores que dice ser del sexo opuesto seguirá diciéndolo llegado a adulto.
Al final no habrá edad de consentimiento para nada
Todo ello justifica la superación del paradigma de la enfermedad que contempla la Ley 3/2007, de 15 de marzo, suprimiendo la obligación de aportar o acreditar cualquier tipo de documentación médica, o de someterse a cirugías genitales o de cualquier otro tipo, o a terapias hormonales, y permitiendo el reconocimiento de la identidad de género libremente manifestada, garantizando al mismo tiempo la seguridad jurídica.
La palabra de los misóginos es ley. Amén.
en esta línea, numerosas Comunidades Autónomas han aprobado leyes, bien específicas para la protección de las personas trans, bien integrales para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
En esta línea:
El documento que revela las extraordinarias tácticas de los grupos de presión trans
múltiples identidades sexo-genéricas
La expresión sexo-género se la inventaron las feministas para hablar de la opresión del sexo femenino con el género. Otra palabra más que se apropian y a la que le cambian el significado para volverla mierda misógina. A todo esto, aún no han explicado qué es el sexo, género, identidad s*xual, identidad de género, identidades sexo-genéricas, ni cuantos millones de identidades hay.
Al reconocer el derecho a la libre determinación de la identidad de género de la persona, los poderes públicos se convierten en garantes de un derecho que históricamente ha estado sujeto a la discrecionalidad gubernamental.
Históricamente... años 30-50 en Dinamarca. Años 40 en campos de concentración nazis.
Reconoce la existencia de múltiples itinerarios y formas de construir, expresar y vivir las identidades trans, y en definitiva las múltiples exteriorizaciones de la identidad de género.
TDS TRNS.
Transgénero, transexual, travesti, no binario, género fluido,...
Esta ley es fruto de la lucha histórica del movimiento trans, a la vanguardia del movimiento LGTBI,
Stonewall no es El movimiento LGBT. Marsha y Sylvia eran señores gays travestis.
se considerará perjudicial para el desarrollo social de la persona menor la negativa a respetar su identidad de género por parte de su entorno familiar, a efectos de valorar una situación de riesgo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Me acordaba del inexistente SAP y de cómo dan la custodia a padres maltratadores, pederastas,... y ahora se la continúan quitando a gente que quiere proteger a sus hijos del maltrato institucional.
las personas mayores de 16 años estarán plenamente legitimadas para solicitar por sí mismas la rectificación. En lo que respecta a las personas de entre 12 y 16 años, podrán efectuar la solicitud a través de sus representantes legales o por sí mismas con su consentimiento. Los representantes legales de personas menores de 12 años o de aquellas con capacidad de obrar modificada judicialmente, podrán realizar la solicitud de rectificación de la mención registral del sexo con la conformidad expresa de las mismas y en beneficio de aquellas. En el supuesto de desacuerdo de los progenitores o tutores, entre sí o con la persona menor de edad o incapacitada, la persona menor de edad o incapacitada podrá efectuar la solicitud a través de cualquiera de sus representantes legales, o bien se procederá al nombramiento de un defensor judicial de conformidad con lo previsto en el artículo 300 del Código Civil.
La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral.
Esto vuelve a significar que los poseedores de próstata no pierden ningún
privilegio ¿no?
Como novedad destacable, ya no se exige que la rectificación de la mención registral del sexo se acompañe de un cambio de nombre.
Ah, ni eso. El sexo es un estado mental.
que las personas trans menores
(que no existen) cambien su nombre sin necesidad de rectificar la mención relativa al sexo.
Cabe destacar que, por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, se prevé que las personas interesadas puedan solicitar que sus documentos oficiales de identificación omitan la mención relativa al sexo. De esta forma, se pretende dar satisfacción a las demandas de una parte de la población que no se identifica ni con el género masculino ni con el femenino.
Esta persona maltrató a esta persona. ¿Violencia mach qué?
Se establece un mandato a las Administraciones para que realicen campañas de sensibilización, visibilización, divulgación y fomento del respeto a la diversidad de identidades de género, y para que los diferentes informes, análisis, estadísticas y estudios recojan la realidad de las personas trans. Se establece la obligación de que las Administraciones impartan formación dirigida al personal a su servicio y a los operadores jurídicos sobre identidad de género y sobre la realidad de las personas.
Clase de biología Todos al campo de reeducación.
El capítulo II, relativo a las medidas en el ámbito de la salud, regula el modelo de atención sanitaria a las personas trans, que se realizará conforme a los principios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado,
no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación.
Se prohíben las conductas contrarias a la intimidad y la integridad física de las personas, lo que incluye el uso de terapias de conversión
(se prohíbe el feminismo y las terapias de conversión ahora se llaman ley trans) o anulación de la identidad de género.
(Abolir el género es un crimen) Asimismo, se incluyen en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud un conjunto de servicios sanitarios fundamentales para las personas trans.
(¿que son...?) Además, se contempla que las personas trans con capacidad de gestar puedan ser receptoras o usuarias de las técnicas de reproducción humana asistida.
(¿Hay que creer que no lo tenían ya como el resto de mujeres?)
En el modelo de atención a la salud de las personas trans primará la atención ambulatoria, y en especial la atención primaria, así como las áreas de especialización que sean precisas a lo largo del proceso asistencial.
Pero no había que patologizar
se contempla la posibilidad de que puedan existir servicios especializados en diversidad de género, conformados por equipos multidisciplinares de profesionales. En todo caso, los protocolos y procedimientos se elaborarán desde una perspectiva despatologizadora, que tenga en cuenta la pluralidad de identidades, trayectorias y expresiones de género.
¿Cuántas?¿Para qué necesitan especialistas? La despatologización de Schrödinger
las Administraciones Públicas elaboren los protocolos necesarios para identificar, apoyar y acompañar al alumnado trans, y contra el acoso transfóbico.
¿Y quién protege a las chavalas del acoso transmisógino?
El capítulo V establece un conjunto de medidas para garantizar la integridad física y moral de las personas trans en situación de privación de libertad o de detención o custodia. Como regla general, todas las personas en estas situaciones tienen derecho a ser tratadas y separadas conforme a su sexo registral. No obstante, las personas trans que prefieran ser separadas conforme a su sexo asignado al nacer, podrán solicitarlo a la Administración competente.
Qué no les den opción de elegir no ir a la cárcel es transfobia.
El capítulo VI regula la participación de las personas trans en las prácticas, eventos y competiciones deportivos, que se realizará atendiendo a su sexo registral, sin que en ningún caso puedan realizarse pruebas de verificación del sexo. No obstante, se establece que las personas trans menores de 16 años, así como las personas trans que no cumplan los requisitos para efectuar el cambio registral de la mención relativa al sexo, tendrán derecho a participar en las prácticas, eventos y competiciones deportivas de acuerdo con su identidad de género, sin perjuicio de lo establecido en las normas de rango superior que rijan las competiciones internacionales.
Espera que lo traduzco: Mujeres
los empleadores que contraten indefinidamente a personas trans puedan acogerse a bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social,
Y les deberían dar el doble si demuestran que con ello han evitado contratar a mujeres.
plena
igualdad de las personas trans en los ámbitos sanitario, educativo, laboral, penitenciario y deportivo.
Vuelvo a traducir: Mujeres
Libre desarrollo y reconocimiento de la personalidad: toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, sexo, género, orientación s*xual, identidad de género y expresiones de género. Ninguna persona podrá serbpresionada para ocultar, suprimir, negar, modificar o visibilizar forzosamente suborientación s*xual, identidad de género, expresión de género o características s***ales.
Se elige el sexo, la opresión, la identidad de opresión s*xual de la mujer y la expresión de opresión. Las mujeres tenemos que respetar esta misoginia por ley.
Ahora me falta autodeterminar la raza, la etnia, la edad, la discapacidad, la especie y la clase.
Por fin:
1. Identidad de género o s*xual: la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer.
Género o sexo, lo mismo da. El sexo (¿qué es?) se asigna. La opresión de la mujer es una vivencia interna indefinible y respetable que pueden tener señores.
2. Persona trans: toda aquella persona cuya identidad de género no se corresponde con el sexo asignado al nacer.
Todas las personas somos trans. En especial las mujeres.
4. Expresión de género: la manifestación que cada persona hace de su identidad de género.
¿Como por ejemplo?¿Que una mujer se ponga pantalones?¿que sea mecánica?¿que no quiera ser madre? ¿Todo eso la haría masculina, agenero, hombre?
5. Transfobia: toda actitud, conducta o discurso de rechazo, repudio, prejuicio, discriminación o intolerancia hacia las personas trans por el hecho de serlo, o ser percibidas como tales.
Transfobia: el feminismo, la realidad.
2. Las personas trans mayores tienen derecho al acogimiento en residencias y a recibir un trato de acuerdo con su identidad de género.
Ni las abuelas tienen derecho a vivir tranquilas.
Artículo 13. Mención relativa al sexo.
1. En los documentos oficiales de identificación, la determinación del sexo se corresponderá con la registral
El sexo no es nada.
3. La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, en particular a efectos de lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
A ver, si tu marido te maltrata antes de cambiarse el sexo en el DNI será juzgado por violencia machista, pero podrá ir a la cárcel de mujeres. Si tiene el DNI cambiado antes, no será juzgado por violencia machista sino lésbica que ahora crece misteriosamente. Es eso ¿no?
Pero trans se nace no se hace en una sociedad misógina.
Y además
2. La persona interesada, su representante legal o persona autorizada por aquella podrán solicitar la reexpedición de cualquier documento, título, diploma o certificado ajustado a la inscripción registral rectificada a cualquier autoridad, organismo o institución, cualquiera que sea su naturaleza.
Y esto significa asumir que un hombre protagonizó Juno y una mujer ganó medallas de oro en competiciones masculinas en las olimpiadas del 76 ¿no?
3. La Estrategia incluirá la realización de los estudios necesarios para conocer la situación socioeconómica, sanitaria y psicosocial de las personas trans, de forma que las medidas de acción positiva se apoyen en un diagnóstico claro, así como un sistema de indicadores para su adecuado seguimiento y evaluación, de modo que sea posible evaluar su eficacia y grado de cumplimiento.
Pero la patologización es transfobia
Artículo 23. Formación.
1. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, impartirán formación inicial y continuada de acuerdo con los principios rectores de esta ley al personal a su servicio sobre identidad de género y las realidades de las personas trans, así como sobre el contenido de esta ley, que garantice su adecuada sensibilización y correcta actuación, prestando especial atención al personal que presta sus servicios en los ámbitos de la salud, la educación, la familia y los servicios sociales, el empleo, las fuerzas y cuerpos de seguridad, las fuerzas armadas, la diplomacia, el ocio, la cultura, el deporte y la comunicación.
Hay que acabar con el capitalismo
Con la sociedad patriarcal
Hay que cambiar por completo la sociedad para amildarla al 0,0lo que sea % de la población. Hay que empezar a adoctrinar a la infancia y seguir con el resto de la población.
La atención sanitaria específica a las personas trans se incluirá en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud sin perjuicio de los servicios complementarios prestados por las Comunidades Autónomas. Dicha asistencia se realizará conforme a los principios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación.
Cirugía estética gratis.
2. Se prohíbe el uso de terapias aversivas y de cualquier otro procedimiento que suponga un intento de conversión, anulación o supresión de la identidad de género, o que estén basados en la suposición de que cualquier identidad de género es consecuencia de enfermedad o trastorno.
La abolición de la opresión de la mujer es delito. Transexualizar a lesbianas no es terapia de conversión.
3. La existencia de un diagnóstico de enfermedades psiquiátricas previas no obsta a la validez del consentimiento expresado para la llevar a cabo el proceso de transición de género, si el mismo ha sido libremente formulado.
El autismo, depresión, trastorno alimentario, etc no tienen nada que ver con querer huir del cuerpo.
1. El Sistema Nacional de Salud incluirá la asistencia sanitaria necesaria para el tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico en la cartera de servicios comunes en las condiciones que se establezcan.
Mutilación genital, amputación de pecho para unas silicona gratis para otros.
2. El tratamiento hormonal en el caso de las personas menores de edad comprenderá el tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, para evitar el desarrollo de caracteres s***ales secundarios no deseados; y el tratamiento hormonal cruzado para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de propiciar el desarrollo de caracteres s***ales secundarios deseados.
2. Antes del inicio de cualquier tratamiento que pudiera comprometer su capacidad reproductora, las personas trans deberán contar con la posibilidad real y efectiva de acceder a las técnicas de congelación de tejido gonadal y de células reproductivas para su futura recuperación en las mismas condiciones que el resto de personas usuarias
Y meter el esperma en un portador gestante.
a) Garantizarán una formación suficiente, continuada y actualizada del personal sanitario, que tenga en cuenta las necesidades específicas de las personas trans, prestando especial atención a los problemas de salud asociados a las prácticas quirúrgicas a las que se someten las personas trans, a los
órganos s***ales surgidos de intervenciones quirúrgicas,
a los tratamientos hormonales, a su salud s*xual y reproductiva y a los avances en técnicas quirúrgicas.
Extirpar útero atrofiado tras exposición a demasiada testosterona, prolapso vaginal, ...
1. El alumnado menor de edad de los centros educativos tiene derecho a:
a) Exteriorizar su identidad de género, debiéndose respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro educativo conforme a su identidad de género.
Por si no había quedado ya claro las 80 menciones anteriores que no respetan a las alumnas.
4. El ejercicio de estos derechos en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico, así como tampoco a la autorización previa de las personas que ostenten la patria potestad o sean sus representantes legales.
Con permiso o sin permiso de los padres, en el colegio los profesores han de obedecer al niño. ¿Es eso?
Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, elaborarán protocolos para apoyar y acompañar al alumnado trans, y contra el acoso transfóbico, para prevenir, detectar e intervenir ante situaciones de violencia y exclusión contra el alumnado trans.
Exclusión y oposición:
Nova Maday
Lila Perry
b) Asegurar que las personas trans en situación de privación de libertad puedan iniciar o continuar cualquier tratamiento médico u hormonal que estén siguiendo o que deseen iniciar, y acceder a los servicios de atención médica especializada.
Un vi0lad*r, pederasta, asesino que quiera construirse una identidad nueva
c) Diseñar e implementar protocolos de prevención de la transfobia, así como de atención y asistencia a las personas trans que se encuentren en centros de internamiento.
Que no se duchen con mujeres es discriminación
3. No obstante lo dispuesto en el apartado primero, en los casos en los que la persona trans considere que el tratamiento conforme a su sexo registral puede poner en riesgo su vida o integridad podrá solicitar a la dirección del centro de internamiento la separación conforme al sexo contrario. La dirección del centro de internamiento valorará cada solicitud, y resolverá con el fin último de preservar la dignidad de la persona.
Cárceles para hombres, los verdaderos machos y cárceles para no hombres, los hombre fallidos, trans de ambos sexos y esas personas no poseedoras de próstata.
3. En las instalaciones deportivas segregadas por sexo se garantizará a las personas trans el acceso y uso de las instalaciones correspondientes a su identidad de género.
Disposición adicional segunda. Género no binario.
El Gobierno remitirá en el plazo de un año a las Cortes Generales un informe sobre las eventuales modificaciones normativas a emprender derivadas, en su caso, del reconocimiento del género no binario.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
2. Queda derogada expresamente la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.