datenshiblue escribió: 25 Jun 2020, 10:01
Luciboom escribió: 25 Jun 2020, 09:58
datenshiblue escribió: 25 Jun 2020, 09:54
Cuando el despido es improcedente, no hay que alegar nada, por eso es improcedente. Si tu aceptas que es improcedente y le pagas su indemnización, pues sin más. Además, no es de mal rollo con el trabajador, es una situación excepcional que no impide que vuelvas a contar con ese trabajador cuando la situación mejore. A ver, que no soy abogado laboralista, pero es que no veo el problema. Que igual está, no sé, pero yo no lo veo.
Ahora si lo que te quieres ahorrar es la improcedencia, pues seguramente sí te lo tumben en una inspección.
Pues me tendré que informar por otro lado, pero ya te digo que me lo dijo mi gestor,que es muy complicado despedir.
Espero que tengas tu razón, porque pagar una indemnización sería el menor de mis problemas si pasará. Aunque si lo piensas bien también es injusto, porque no despido por gusto, que más quisiera yo.
Claro, pero piensa que el trabajador es el más desamparado, sobre todo en grandes empresas que se aprovechan un montón de circunstancias de este tipo. Esta situación no es fácil para nadie, está claro, pero el más vulnerable en la mayor parte de los casos es el obrero.
Esque por lo que me han dicho a mi el mayor problema es con los contratos de duración determinada, con el resto les mandas a un ERTE y les vas reincorporado según los necesites, el problema y es lo que yo veo injusto, es tu contratas a una persona, para la campaña de verano, hasta el 30 de septiembre, que de hecho es lo que el negocio va a estar abierto también, se produce un Estado de alarna, tengo que cerrar por que no hay movilidad y con ello no hay turistas, entonces porque me obligan a mantener el trabajador? Tengo 2 opciones, pagarle hasta septiembre aunque no trabaje o mandarle a un ERTE y reincorporarse cuando toque.
A ver, donde me informo mejor, y si la opción que ti dices también es valida. Según mi gestor nanai....