Alabama escribió: 14 Feb 2019, 21:34
sanyo escribió: 14 Feb 2019, 15:58
lilith80 según tengo entendido no es que no puedan inscribir al niño como español y tengan que hacerlo del país en el que nació, es que no pueden traerse al niño porque aquí la gestación subrogada es ilegal y por lo tanto España no reconoce que sean los padres del niño.
Osea pueden venirse a España pero no traerse al niño.
Eso es lo que yo tengo entendido, que alguien que sepa más del tema diga si es así.
Licorne escribió: 14 Feb 2019, 16:02
Artículo 17 del código civil: son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles.
Supongo que no podrán moverse de allí porque se determinará la filiación del niño como hijo de la madre que lo ha gestado, y no podrán inscribirlo como hijo propio.
Yo entiendo que si se lo traen sería como secuestro, vaya que en la entrada a España no podrían justificar quién es ese niño y qué hace con ellos.
No es eso, al niño pueden registrarlo en el país donde ha nacido, sacarle un pasaporte del país que sea (Ucrania o donde sea) y entrar en España perfectamente. Y una vez en España tramitar todo el proceso para determinar que el niño es hijo del señor de la pareja (o de uno de los señores de la pareja, vaya) para poder tener pasaporte español (prueba de ADN, determinar la paternidad etc)
La movida es que antes podían hacerse la prueba de ADN en el consulado y ya venir con el niño registrado en el Consulado como hijo del señor y el pasaporte español y ahora no se puede en algunos consulados por no se que de la LOPD. Y el proceso es muchl más largo y complicado, claro, puede tardar años supongo.
A los del verano les pilló de sorpresa y puedo entender el cabreo ya que al fin y al cabo los crios que ya han nacido son los más perjudicados y ellos no tienen la culpa de las circunstancias de su nacimiento, debería de haber una moratoria o algo así para los que ya estuvieran en el proceso, pero los de ahora lo sabían perfectamente así que sorpresa ninguna, que rostro